¿Cómo te podemos ayudar?

¿Te ha ido mal en los negocios? ¿Tienes deudas y estás en una situación crítica? Cuéntanos tu caso. Te podemos ayudar.

El objetivo principal es conseguir una solución definitiva para tu situación económica. Sobre todo, con la elaboración de un plan de pagos conseguiremos reducir tus deudas y además te proporcionaremos herramientas y consejos para tener unos buenos hábitos financieros y así mejorar la salud de tu economía. 

Pedir otro préstamo no es la solución a tu deuda. Bajo el amparo de la Ley de la Segunda Oportunidad conseguiremos la solución perfecta para ti.

1. Estudiamos y analizamos tu situación.

 
En primer lugar para iniciar el proceso contacta con nosotros. A partir de ese momento te pediremos información relativa a tu situación financiera con la finalidad de conocer el estado actual de tus deudas y poder ofrecerte una asesoría acorde a tu estado financiero.

Con la recepción de toda la información necesaria, y visto el análisis de la misma, iniciaremos el trámite correspondiente para que se paralicen los pagos.

Te protege la Ley de la Segunda Oportunidad por tanto se paralizan tus obligaciones de pago ante tus acreedores.

 

2. Negociación y mediación.

 

En segundo lugar y solo después de tener pleno conocimiento de tu situación financiera empezamos el proceso mediante la mediación para quitar tus deudas, ampliar plazos de pago o directamente la condonación de las deudas, es decir, eliminación definitiva de tus deudas.

Negociamos con todos los acreedores, sean empresas o particulares, así como con las entidades bancarias que te acucien con las deudas. 

Una vez mediado en este sentido, establecemos junto con los acreedores, un plan adecuado a tu situación.

3. Solución a tus deudas.

 

Finalmente, haya o no acuerdo con tus acreedores, conseguimos aliviar tu deuda o eliminarla definitivamente. Al final del proceso se consigue la quita y una espera de hasta 10 años y hasta el 80% con acuerdo con acreedores.

Del mismo modo, en caso de no llegar a un acuerdo se acudiría al juzgado donde solicitaríamos la condonación de las deudas, es decir, la exoneración del pasivo insatisfecho (siempre que no haya habido mala fe). 

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