mediación vecinal y comunitaria
La mediación vecinal se refiere a la resolución de conflictos existentes entre las partes integrantes de una Comunidad de Vecinos o bien aquellos que afecten a la propia Comunidad en su conjunto y representada por su Administrador.
Esta parte es muy importante para vecinos, miembros de una comunidad y administradores de fincas, entre otros.
El conflicto forma parte de nuestra vida y en sí mismo no es negativo. Lo que es muy perjudicial es la forma en que lo afrontamos y si ésta es a través de acudir a los tribunales, la sentencia, lejos de solucionar el problema lo va a aumentar y todos sabemos que muchas sentencias no se cumplen, dando lugar a un círculo vicioso de demandas y recursos que empeoran las relaciones y en el seno de las Comunidades de propietarios suponen una lacra para la buena gestión de la misma y para la necesaria convivencia entre vecinos.
Por tanto, la mediación comunitaria vecinal consiste en la gestión de conflictos surgidos entre las personas pertenecientes a una comunidad de propietarios derivadas de causas tan diversas como derramas, permisos no concedidos, humos, malos olores, obras no consentidas, usos indebidos de las zonas comunes, problemas con mascotas, en definitiva, situaciones problemáticas derivadas de la convivencia vecinal. La intervención de una persona mediadora, neutral e imparcial favorecerá el diálogo entre las partes en conflicto, trabajando para llegar a un acuerdo que satisfaga los intereses de todas las partes.
Acudir a un mediador para solucionar los conflictos tiene grandes ventajas en el seno de una Comunidad de Propietarios, ya que:
- Evita la culminación en un proceso contencioso con los efectos negativos que ello tendría para las relaciones de convivencia entre los vecinos.
- Permite un diálogo entre las partes que es necesario para futuros acuerdos o tomas de decisiones en la Comunidad.
- Los acuerdos tomados a través de mediación se cumplen (no así las sentencias) ya que son las partes afectadas las que han contribuido a dar soluciones teniendo en cuenta sus intereses y dejando de lado el factor emocional que con frecuencia impide llegar a esas soluciones.
- Además de los costes emocionales, la mediación evita los costes económicos que supone acudir al proceso judicial.
- El proceso de mediación es rápido y flexible, dando lugar a acuerdos eficaces y buenos para ambas partes, permitiendo la continuidad de las relaciones entre las partes afectadas.
Todo ello es posible por la intervención del mediador, un tercero neutral, formado en técnicas de comunicación que va a hacer posible que las partes se centren en sus intereses y busquen la mejor solución para ambas a través de una comunicación basada en la colaboración y no en la confrontación.
Algunos de los conflictos más frecuentes en los que se aplica la mediación vecinal en los que mediamos son:
- Obras en la comunidad o privadas
- Los derivados de la convivencia
- Abandono o desatención de los espacios comunes
- Abandono o desatención del espacio privado de otro (malos olores, ruidos, roturas…)
- Uso indebido del espacio comunitario
- Desconocimiento de la normativa comunitaria
- Situaciones de acoso en comunidades de vecinos
- Contratación de servicios externos
- Falta de estatutos comunitarios y normas de convivencia
- Molestias.
- Obras.
- Organización.
- Uso privado de espacios comunitarios.
Por su parte, hablamos de mediación comunitaria cuando estudiamos lo comunitario como el escenario de convivencia más inmediato, el local. Podríamos entender lo comunitario como el grupo de personas que comparten un espacio físico, y que pueden tener preocupaciones sociales, políticas y económicas comunes. Pero a veces, esas personas, o grupos sociales, no coinciden en la forma de cumplir determinados acuerdos (implícitos y/o explícitos) que la propia comunidad se ha dotado para la convivencia cotidiana. Y es cuando pueden surgir los conflictos en la comunidad.
Nos referimos al término “mediación comunitaria” como al sistema de gestión de los conflictos que realiza una persona mediadora neutral e imparcial y en el que participan las personas implicadas en el conflicto de forma directa, para encontrar soluciones favorables para todas las partes. Con la mediación comunitaria, se persigue que las partes vean la realidad con una perspectiva diferente, la asuman, y se acerquen a la resolución del conflicto de forma más satisfactoria.
La mediación comunitaria puede tener dos perspectivas:
- Aquella que sin ofrecer un servicio concreto de mediación a la comunidad, sí que trabaja para que se integre y asimile la cultura de la mediación, del pacto, del acuerdo, en todos los integrantes de la comunidad, tanto públicos como privados, de forma que desarrolla las habilidades básicas que fomentarían la convivencia pacífica entre la ciudadanía, la cultura participativa, el fomento del respeto a las diferencias y el respeto a todas las opiniones, así como potenciará el diálogo. En definitiva, acepta la faceta positiva del conflicto.
- Aquella que crea un espacio institucionalizado para la resolución de los conflictos, a través de la mediación por profesionales cualificados, para evitar que los conflictos se conviertan en acciones violentas resultado de enfrentamientos.
Estas dos corrientes no son excluyentes, pero por lo general se opta por la segunda opción.
- Conflictos de convivencia vecinal como consecuencia de obras y/o reformas, impagos de recibos, discrepancia de horarios, uso abusivo o indebido de las instalaciones comunes, discrepancia en la prestación de servicios, conflictos derivados de la tenencia de animales de compañía, orden y limpieza de zonas comunes, etc.
- Conflictos comunitarios como consecuencia del choque cultural entre distintos grupos y/o generacionales.