Edificación y urbanismo

mediación en urbanismo y medio ambiente

El urbanismo y el medio ambiente van muy unidos de la mano. Por ello desde Clave Mediación, concienciados como estamos de la importancia sublime de nuestra Tierra, ofrecemos mediaciones para ambos ámbitos. 

Respecto del ámbito urbanístico, la mediación se puede llevar a cabo sobre temas como los siguientes:

– Impagos sobrevenidos por  terceros.

– Vicios constructivos.


– Discrepancias de origen técnico muy específico.


– Discrepancias en la liquidación de obra o en certificaciones de obra.


– Incumplimientos de contrato, plazos o garantías.


– Daños consecuenciales a terceros.


– Cualquier otro conflicto derivado de la actividad constructiva.


Conflictos en la relación contractual y profesional, como incumplimiento de los plazos, objetivos, costos, retribuciones, etc. contratados.


– Perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones profesionales.


– Conflictos producidos en el objeto de la práctica profesional, como.


– Defectos, daños, mermas o incumplimientos en el objeto construido.


– Perjuicios por incumplimiento de plazos, normas y desfase del presupuesto.


– Conflictos entre particulares o usuarios, relacionado con la práctica profesional, como i
ncumplimientos de plazos, calidad y liquidación de la obra.


– Conflictos por reformas, mantenimiento, conservación, etc. de inmuebles.


Discrepancias en tasaciones, valoraciones urbanísticas o hipotecarias.


– Conflictos por discrepancias de aprovechamientos o usos urbanísticos.


Conflictos de vecindad, inmisiones, medianería y servidumbre.


– Conflictos por propiedad horizontal y los surgidos en la comunidad de bienes.


– Por incumplimientos contractuales.


– C
onstrucciones: mediación en reparación de daños en las construcciones, vicios o defectos de obra nueva.

 

En el ámbito de la mediación medioambiental, en la mayoría de los conflictos medioambientales la verdadera causa es una falta de información y comunicación entre las partes, por tanto reconocer la pluralidad de componentes que intervienen y forman parte de nuestro entorno, supone reconocer la complejidad de la gestión de los conflictos medioambientales. Son conflictos con un alto contenido social.

Por mediación ambiental entendemos la intervención en un conflicto de una tercera parte neutral que, mediante diferentes técnicas, ayuda a las partes implicadas a gestionar y a resolver su disputa. El conflicto en cuestión consta de uno o más de los siguientes rasgos, que le caracterizan como un conflicto ambiental:

• foros múltiples para la toma de decisiones

• involucran acciones colectivas (interorganizacionales, en oposición a interpersonales)

• los intereses y derechos en presencia son, a menudo, de tipo supraindividual (colectivos o difusos)


• multipartes


• complejidad temática


• complejidad técnica e incertidumbre científica


• desigual distribución de poder y recursos (para la
negociación)

• el proceso se desarrolla en el ámbito público


• afecta a actores que no están presentes.


El conflicto ambiental adopta muy diversas formas y pueden diferenciarse situaciones en que las partes mantienen una relación igual (entre vecinos) o desigual (entre vecinos y una industria molesta), aquellas en las que interviene la Administración (local, autonómica o estatal) o las que se dan entre sujetos privados y, por último, las que se refieren a cuestiones de calidad de vida o a la gestión sostenible de recursos naturales.

Hay otros conflictos ambientales, como los crímenes o infracciones ambientales, procesos de contaminación en que existe una transgresión de las normas jurídicas, o una superación de estándares o incumplimiento de las autorizaciones concedidas, en los que la mediación no será posible y ser conveniente acudir a la jurisdicción correspondiente, penal, contencioso-administrativa o civil. También sucede en conflictos en los que sea necesario generar un precedente jurisprudencial o aquellos en que intervenga la corrupción de los representantes de la Administración.

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