la mediación
¿Qué es la mediación? ¿Para qué sirve? ¿Me puede ayudar con mi situación? ¿Qué costes tiene? ¿Es obligatoria? ¿Equivale a un juicio? ¿Es para mi?
Todas estas son preguntas que a una persona se le vienen a la cabeza cuando escucha, por primera vez, la palabra mediación como procedimiento para resolver conflictos. A continuación pondremos un poco de orden para que no te pierdas, y sepas exactamente qué es y cómo nos puede ayudar la mediación en la sociedad de hoy en día.
INTRODUCCIÓN
El conflicto es inherente a la naturaleza humana y evitarlo no lo soluciona. Pero enfrentarse a un conflicto como responsables que somos de que se haya generado, supone un gran desgaste físico y psicológico.
Es por ello que desde la antigüedad hemos preferido dejar en manos de un tercero ajeno a nosotros la responsabilidad de resolver nuestros conflictos, aunque el resultado de la decisión que pueda adoptar no nos resulte satisfactoria, incluso habiendo sido a favor nuestro.
Si bien, siempre ha existido, desde hace unos años, está irrumpiendo cada vez con más fuerza la mediación, como un medio alternativo de resolución de conflictos y complementario de la vía judicial.
En América y Europa se lleva utilizando desde hace décadas, con unos resultados muy positivos para las personas que acuden a ella. En España, aunque en materia familiar ya se lleva utilizando desde hace años, en materia civil y mercantil no se reguló hasta el año 2012 en la Ley 5/2012 de 6 de Junio de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?
La mediación es un Sistema Alternativo de Resolución de Conflictos. Alternativo porque es extrajudicial o diferente a los canales legales o convencionales de resolución de disputas. Es un intento de trabajar con el otro y no contra el otro, en busca de una vía pacífica y equitativa para afrontar los conflictos, en un entorno de crecimiento, de aceptación, de aprendizaje y de respeto mutuo.
Consiste en un proceso voluntario, flexible y participativo de resolución pacífica de conflictos, en el que dos partes enfrentadas recurren voluntariamente a una tercera persona imparcial, el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio. Este método promueve la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de las partes.
Se trata de un sistema de resolución alternativa de conflictos. Un proceso por el que una persona independiente e imparcial (el mediador), ayuda a las partes en conflicto a encontrar una solución, evitando así acudir a los tribunales. El mediador será neutral y actuará sin facultad decisoria propia. Se encargará de conducir la sesión de mediación, ayudando a las partes a llegar a un acuerdo. Sin embargo, una vez que las partes han decidido iniciar un proceso de mediación, pueden abandonar el proceso en cualquier momento, sin necesidad de finalizarlo.
El impulso que se está dando a la mediación implica que, en aras de la justicia, muchos jueces están derivando casos a mediación. De aquí nace la mediación intrajudicial. Se pueden resolver conflictos desde la mediación, derivados por el juzgado, que después homologará los acuerdos alcanzados.
OBJETIVOS DE LA MEDIACIÓN
El objetivo de la mediación no es el acuerdo en sí mismo, sino:
• facilitar que se establezca una nueva relación entre las partes en conflicto;
• aumentar el respeto y la confianza entre estas;
• corregir percepciones e informaciones falsas que se puedan tener respecto al conflicto y/o entre los implicados en este;
• crear un marco que facilite la comunicación entre las partes y la transformación del conflicto.
De esta forma, se pueden convertir las situaciones conflictivas que se viven diariamente en oportunidades de aprendizaje.
¿QUÉ VENTAJAS TIENE?
Las partes enfrentadas disponen de una herramienta ágil y económica para llegar a un acuerdo. Es un procedimiento confidencial y voluntario que favorece la comunicación, el diálogo y la negociación. Por tanto, es:
- Más económico.
- Más rápido.
- No impide el recurso al arbitraje o al juicio.
- Mantiene el secreto profesional.
PRINCIPIOS DE LA MEDIACIÓN
1. El poder lo ejercen las propias partes.Son los participantes los que controlan el proceso y las decisiones. Es necesario que las partes estén motivadas, porque deben estar de acuerdo en cooperar con el mediador para resolver su disputa.
¿QUIEN PUEDE ACUDIR A LA MEDIACIÓN?
¿POR QUÉ RESOLVER MIS CONFLICTOS CON LA MEDIACIÓN?
La resolución de conflictos a través de la mediación es la mejor opción para evitar procesos costosos, largos y repletos de contraposiciones. La mediación facilita el entendimiento y la llegada a acuerdos, en su caso. Si no se alcanzan acuerdos las partes mantienen intactos sus derechos para acudir a la vía judicial.
La mediación permite que los conflictos, las discusiones y los problemas sean gestionados de forma adecuada para minimizar los daños, y evitar que afecten de forma destructiva a la otra parte.
Se trata de un método actual y eficaz, que aporta soluciones prácticas, efectivas y rentables.
Además es un proceso sencillo, flexible, rápido y económico, confidencial y voluntario, donde el mediador es absolutamente neutral.
Facilita la cultura de la paz y el diálogo, aportando una mayor convivencia social.
Los acuerdos alcanzados por medio de la mediación tienen un mayor índice de cumplimiento que una sentencia judicial.
El nivel de satisfacción de las partes es mucho mayor, ya que es una solución a la que han llegado juntos, sin que les haya sido impuesta por un tercero.
Finalmente, y la más importante, porque ambas partes ganan.
EL MEDIADOR
El mediador, aunque parezca una tarea fácil, requiere de unas cualidades y habilidades que deben ser trabajadas, pues debe ser neutral, no puede influir en el resultado de la mediación. Debe tener empatía, es decir, hacer sentir a la otra persona que es comprendida, lo que significa escuchar activamente. Ser honesto, humilde y tolerante. Creativo, asertivo y buen negociador. Tener sentido de la transformación que se traduce en estar atento a los momentos del proceso en que los participantes tienen la oportunidad de reconocer más claramente sus objetivos, recursos, opciones y preferencias, para tomar decisiones claras y deliberadas. No emitir juicios sobre las opiniones y decisiones de las partes. No sentirse responsable por los resultados de la mediación. Es un sello distintivo, la actitud de poner decididamente en las manos de las partes la responsabilidad por el conflicto.
El mediador no decide, dirime, recomienda o aconseja; se limita a conducir el diálogo, allanar y orientar el proceso, utilizando sus habilidades, técnicas, prácticas y entrenamiento adquirido, siempre acompañado de las cualidades que son inherentes a su profesión.
El mediador debe dominar nociones básicas de diferentes campos de conocimiento para que pueda comprender las muchas situaciones que se presentan en el conflicto, es decir, todo lo que esté en juego. El mediador debe ser esa tercera persona que coordina el proceso de mediación, quien dicta las reglas del juego a la hora de realizar la mediación, pero lo que siempre definirá su actuación y buen desempeño son las cualidades que caracterizan su quehacer.
¿CUÁL ES EL COSTE DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN?
Es mucho más económico que un procedimiento judicial. Las partes intervinientes hacen frente a los honorarios del servicio al 50%. El coste y la duración de un proceso de mediación dependerá de la complejidad de cada caso.
Cada caso es único y por eso se ajustan los costes a cada uno de ellos. No todas las mediaciones necesitan de igual número de sesiones. Lo que sí podemos exponer son los conceptos que integran los costes de la mediación.
Nuestras sesiones informativas son gratuitas.
1. Derechos de admisión y gestión de Clave Mediación. 100€.
Se establece un Derecho de admisión y gestión de la Mediación que deberá ser abonado a Clave Mediación y que resultará ser una cantidad fija de 100€ que será abonada en el momento que la parte solicitante reciba la admisión de la mediación, después del estudio previo de la solicitud.
En caso de solicitud unilateral de mediación, esa cantidad será satisfecha en su totalidad por la parte solicitante de mediación.
En caso de solicitud presentada de común acuerdo por ambas partes, esa cantidad será abonada a partes iguales por cada una de las partes, salvo pacto en contrario.
La falta de abono de la cantidad establecida en este precepto impedirá la iniciación del procedimiento.
En caso de existir más partes enfrentadas en el proceso, se sumarán 20€ por cada parte para la admisión de la mediación. Como ejemplo, en caso de existir cuatro partes en liza el coste de admisión será de 140€.
2. Sesión informativa. Bonificada.
Actualmente en Clave Mediación la sesión informativa está bonificada y, por tanto, es gratuita.
3. Honorarios de los Mediadores.
Una vez finalizada la sesión informativa y acordada por las partes la continuación del proceso, se llevará a cabo la sesión constitutiva de la mediación.
El acta de la sesión constitutiva reflejará la duración prevista del procedimiento, el coste de la mediación, su forma de pago y la(s) persona(s) responsable(s) del mismo.
Corresponderá al mediador la fijación de la cuantía del procedimiento, que se hará constar en el acta constitutiva.
Los honorarios del mediador se calcularán en función de las horas efectivas que dedique a la mediación, lo que incluye gestiones y sesiones de mediación. Se establece un precio/hora según la materia:
- Reclamaciones no dinerarias: 120€/h.
- Reclamaciones dinerarias: según tabla.
Cuantía | Coste hora | |
---|---|---|
1 | Hasta 20.000 € | 120€ |
2 | Hasta 30.000 € | 150€ |
3 | Hasta 40.000 € | 200€ |
4 | Hasta 50.000 € | 250€ |
5 | Más de 50.000 € | Pacto |
- Dichas cantidades se verán incrementadas con las dietas de desplazamiento de los mediadores (kilometraje, peajes…) en aquellos casos en que las partes decidan, de común acuerdo, que la mediación se desarrolle en lugar distinto de las instalaciones de Clave Mediación.
- Los costes resultantes de la mediación, salvo pacto expreso de la partes, se dividirá entre éstas a partes iguales independientemente de los resultados de la mediación.
- No se incluye el coste de la protocolización y homologación del acuerdo que pudiese convenirse entre las partes.
- Clave Mediación facturará la totalidad de derechos y honorarios a las partes a la conclusión de cada una de las sesiones y del procedimiento de mediación, procediéndose al respectivo pago a los mediadores. Se pueden pactar diferentes formas de pago.
- Si a lo largo de las sesiones de mediación fuera necesaria asistencia y asesoramiento legal de otros profesionales del derecho, Clave Mediación pone a disposición de los mediados distintos profesionales cualificados en las diferentes materias que pueden contribuir al buen fin de la mediación y cuyos honorarios son independientes de las tarifas anteriormente mencionadas.
- Tanto los honorarios como los derechos se incrementarán con el IVA.
4. Formas de pago.
En efectivo, ingreso en cuenta o transferencia bancaria.